ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2004-000460
ASUNTO : UP01-P-2004-000460

Vista el Acta de Redención de la Junta Rehabilitadora del Centro Penitenciario Santa Ana del penado LUÍS ALBERTO GUANIPA PINEDA titular de la cédula de identidad N° 14.733.681, se procede a la Redención de la Pena y actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado por el Tribunal de Control N° 03 en fecha 14 de Marzo de 2005 a cumplir la pena VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido el día 17/08/2004 hasta la presente fecha 22/05/2008 por lo que tiene detenido TRES (03) AÑOS NUEVE (09) MESES CINCO (05) DIAS.
TERCERO: Según las constancias anexas en el Acta de Redención, el penado LUÍS ALBERTO GUANIPA PINEDA, laboró como Ranchero y Artesano desde el día 07/10/2006 al 30/12/2007, lapso este que dieron origen a una redención de la pena de UN (01) AÑO DOS (02) MESES VEINTINUEVE (29) DIAS, por lo que el único lapso por el cual se le redime la pena es el que reducidos a la mitad da un total de SIETE (07) MESES CATORCE (14) DIAS DOCE (12) HORAS; en la segunda redención laboró como Zapatero Manualista y Ranchero desde el día 01/12/2004 al 27/03/2006, lapso este que dieron origen a una redención de la pena de UN (01) AÑO TRES (03) MESES VEINTISEIS (26) DIAS por lo que el único lapso por el cual se le redime la pena es el que reducidos a la mitad da un total de SIETE (07) MESES VEINTIOCHO (28) DIAS, según la conversión indicada en el Artículo 3 antes mencionado, da un total de UN (01) AÑO TRES (03) MESES DOCE (12) DIAS DOCE (12) HORAS que sumado al tiempo que lleva detenido da un total de CINCO (05) AÑOS DIECISIETE (17) DIAS DOCE (12) HORAS.
CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta CATORCE (14) AÑOS ONCE (11) MESES DOCE (12) DIAS DOCE (12) HORAS, que vencen el día 04 DE MAYO DEL 2023 A LAS 12:00 P.M.
QUINTO: Así mismo se le informa al penado que en razón de la revocatoria del beneficio de Destacamento de Trabajo solo podrá optar a la Conmutación de la pena en Confinamiento a partir del día 04 DE MAYO DE 2018.
Así mismo se le notifica al penado de autos que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de la siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Extinguido; REGIMEN ABIERTO: 01 de Enero del 2010 a las 12:00pm; LIBERTAD CONDICIONAL: 04 de Septiembre del 2016 a las 12:00pm, CONFINAMIENTO: 04 de Mayo del 2018 a las 12:00pm. Queda así actualizado el cómputo de pena del penado LUÍS ALBERTO GUANIPA PINEDA titular de la cédula de identidad N° 14.733.681. Remítase copia certificada del presente auto al penado, al Director del Centro Penitenciario de Santa Ana Coro, al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Cúmplase.

Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Rosana Ceresa
Secretaria