REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 6 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-004098
ASUNTO : UP01-P-2007-004098

EJECUCION DE SENTENCIA

En fecha 14 de Marzo del 2008 el tribunal de control N 3 circuito judicial penal del ESTADO YARACUY Condeno a PEDRO ENRIQUE VALDERRAMA GARCIA venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N 17.254625 a cumplir la pena de seis (6) años de prisión por el delito de ROBO AGRAVADO en grado de cooperador no necesario previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal habiendo quedado definitivamente firme la sentencia este tribunal procede a ejecutarla. En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena: Consta en autos que el penado fue detenido en fecha 2-12-07 hasta el DIA de hoy 6-05-2008, da un total de pena cumplida , cinco (5) meses y 4 días finalizando su condena el—14-03-2014. Así mismo se notifica que podrá hacer uso de los Beneficios de PRE-libertad, y en consecuencia podrá hacer uso de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO al cumplir 1/4 de la pena que los cumpliria el dos 2-junio del 2009 el REGIMEN ABIERTO :tiene que cumplir 1/3 de la pena que los cumpliría el (2 dos de diciembre del 2009 la LIBERTAD CONDICIONAL que son las 2/3 partes osea cuatro 4) años y los cumpliría el dos 2 de diciembre del 2011 Y el CONFINAMIENTO podrá solicitarlo al cumplir las 3/4 de la pena que los cumplirá el día (2) dos de junio del 2011 notifíquese la presente resolución a las partes, ofíciese al director del internado judicial de san Felipe expídase copia certificada del presente auto al penado ministerio publico y defensa remítase copia del presente auto a la consultoria jurídica del internado judicial Yaracuy Cúmplase.

Abg. Luis Valdivieso La secretaria
Juez de Ejecución N° 2

Abg. Luis Valdivieso
Juez de Ejecución N° 2 La secretaria