REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Veintiuno (21) de Mayo de Dos Mil Ocho
198º y 149º
Visto que para el día jueves 22 de mayo del corriente año, a las diez de la mañana (10:00 AM) se encuentra prevista la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa y debido a que el Abg. JOSE L. OJEDA, I.P.S.A N° 95.594, representante judicial del demandante y la Abg. ZAFIRO NAVAS, I.P.S.A N° 24.555, representante judicial de la demandada respectivamente, de común acuerdo solicitaron su reprogramación mediante diligencia de fecha 19-05-2008, que riela al folio 34, es por lo que este Tribunal acuerda la reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día JUEVES 05 DE JUNIO DE 2008, a las DOS DE LA TARDE (02:00 PM). No se ordena notificar a las partes por encontrarse a derecho, de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
El Secretario,
Abg. RUBEN ARRIETA.
ASUNTO N° UP11-L-2008-000170-Oswaldoliscano.