REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

SETENTA Y CUATRO (74)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Cinco (05) de Mayo de Dos Mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2007-000541

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado en ejercicio RAMÓN VALECILLOS, en representación de la parte actora y el Abogado en ejercicio RUBEN RODRIGUEZ, en representación de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la Reprogramación de la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para hoy Lunes Cinco (05) de Mayo de 2008, a las 02:00 PM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto REPROGRAMA la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día JUEVES CINCO (05) DE JUNIO DE 2008, A LAS DOCE MERIDIAN (12:00 M.). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ




El Secretario,



Abg. RUBEN ARRIETA





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