REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintisiete (27) de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: FH15-L-2003-000143
ASUNTO : FP11-R-2007-000309
Vista la diligencia presentada en fecha 26 de Mayo de 2008 por el Abogado JUAN RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 113.060; actuando en representación de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO BOLÍVAR; mediante la cual expresamente DESISTE del recurso ordinario de apelación interpuesto oportunamente contra la medida ejecutiva de embargo practicada a la Alcaldía del Municipio Piar del Estado Bolívar, en fecha 25 de Abril de 2007 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; en consecuencia, por cuanto lo solicitado es procedente, este Tribunal le imparte su aprobación y la homologa declarando desistido el recurso de apelación intentado y en consecuencia quedó firme la sentencia del tribunal de primera Instancia. En tal sentido, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Veintisiete (27) días del mes de Mayo de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
El Juez Superior Primero del Trabajo,
Dr. Rene Arturo López Ramo.
La Secretaria de Sala,
Abog. Marjori García Rodríguez
PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS TRES DE LA TARDE (03:00 P).-
La Secretaria de Sala,
Abog. Marjori García Rodríguez
RALR/27052008
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