REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR - EXTENSIÓN
TERRITORIAL PUERTO ORDAZ

ASUNTO PRINCIPAL: FP11-R-2008-000077

ACTA AUDIENCIA ORAL DE APELACION

En el día de hoy, viernes dos (02) de abril del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral y Pública de Apelación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud del recurso de apelación ejercido por el ciudadano CARLOS MALAVER TOSSUT, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de marzo 2008, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz., en el Juicio incoado en contra de DEL SUR BANCO UNIVERSAL Y SITEC, C.A. Debidamente constituido el Tribunal se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencia de este Circuito Laboral en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumple con el mandato legal previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. Seguidamente, la Secretaria de Sala procede a verificar la identificación de las partes, constatándose la incomparecencia de la representación judicial de la parte demandada recurrente. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la demandante en los ciudadanos ARGENIS JOSE CENTENO NARVAEZ y LIL TERESITA ANDRADE MENDOZA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 93.116 y 91.900. De seguidas la Jueza toma la palabra y señala:
“Este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS MALAVER TOSSUT, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de marzo 2008, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en el Juicio incoado en contra de DEL SUR BANCO UNIVERSAL Y SITEC, C.A.
SEGUNDO: En consecuencia de lo antes expuesto se ratifica la referida sentencia.
TERCERO: Se condena en costas al recurrente de conformidad al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena remitir la presenta causa al Tribunal de Origen. Igualmente se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, con sede en el Palacio de Justicia de Ciudad Guayana, en Puerto Ordaz, a los dos (02) días del mes de mayo de 2.008. 197º de la independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,



ABG. MERCEDES GOMEZ CASTRO.


APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE





LA ABOGADO ASISTENTE
ABOG. MARLYN BECERRA



LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. CARMEN GARCÍA.