ASUNTO : FP02-S-2007-004438
Resolución n° PJ0212008000488
AUTORIZACION JUDICIAL
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana: EDITH DEL CARMEN CANACHE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.869.244, actuando en representación de su hija (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)y en vista de la opinión del Fiscal Especializado en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y cumplido el requisito de oír a la niña en referencia, para que expresara su opinión en relación a la presente solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA EN FORMA AMPLIA Y SUFICIENTE, a la Ciudadana: EDITH DEL CARMEN CANACHE, previa las formalidades legales, en nombre de su hija (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), a vender un bien mueble, constituido por un Vehículo perteneciente a la sucesión Pérez-Canache, con las siguientes características: PLACA: ACU58C; MODELO: NEON LE SINCRONICO; CLASE: AUTOMOVIL, AÑO: 2000; COLOR: DORDO; SERIAL CARROCERIA: 8Y3HS27C1Y1209449; SERIAL MOTOR: 4 CIL; USO: PARTICULSR; TIPO: SEDAN, y cuyo Propiedad era el De-Cujus: LUIS MIGUEL PÉREZ NAVARRO. Así mismo luego de realizada la venta del bien mueble, para que proceda a consignar en la presente causa el Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, relativo a la cuota parte que le corresponde a la niña: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), por el fallecimiento de su difunto padre. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
EL JUEZ DE PROTECCION N° 01
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. MARTA TORRES AROCHA
ASISTENTE
YAQUELIN RODRIGUEZ
ASUNTO : FP02-S-2007-004438
Resolución n° PJ0212008000488
AUTORIZACION JUDICIAL
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana: EDITH DEL CARMEN CANACHE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.869.244, actuando en representación de su hija MARÍA LAURA VIRGINIA PÉREZ CANACHE y en vista de la opinión del Fiscal Especializado en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y cumplido el requisito de oír a la niña en referencia, para que expresara su opinión en relación a la presente solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA EN FORMA AMPLIA Y SUFICIENTE, a la Ciudadana: EDITH DEL CARMEN CANACHE, previa las formalidades legales, en nombre de su hija MARÍA LAURA VIRGINIA PÉREZ CANACHE, a vender un bien mueble, constituido por un Vehículo perteneciente a la sucesión Pérez-Canache, con las siguientes características: PLACA: ACU58C; MODELO: NEON LE SINCRONICO; CLASE: AUTOMOVIL, AÑO: 2000; COLOR: DORDO; SERIAL CARROCERIA: 8Y3HS27C1Y1209449; SERIAL MOTOR: 4 CIL; USO: PARTICULSR; TIPO: SEDAN, y cuyo Propiedad era el De-Cujus: LUIS MIGUEL PÉREZ NAVARRO. Así mismo luego de realizada la venta del bien mueble, para que proceda a consignar en la presente causa el Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, relativo a la cuota parte que le corresponde a la niña: MARÍA LAURA VIRGINIA PÉREZ CANACHE, por el fallecimiento de su difunto padre. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
EL JUEZ DE PROTECCION N° 01
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. MARTA TORRES AROCHA
ASISTENTE
YAQUELIN RODRIGUEZ
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