REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, trece de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: FP02-F-2008-000128
SENTENCIA N° PJ0182008000321

Vista la anterior demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES HABIDOS DE LA COMUNIDAD CONYUGAL y sus anexos, propuesta por los ciudadanos JUANA BENANCIA BOLIVAR y EDDY DE JESUS VACARO CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.550.887 y 4.077.898 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por los abogados PEDRO JOSE VALLEE y ALCIDES BARTOLOZZI GARRIDO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 27.484 y 23.089, mediante la cual presentaron escrito de PARTICION DE BIENES de mutuo y amistoso acuerdo, y por cuanto el mismo no resulta contrario a derecho, el tribunal le imparte su APROBACION Y HOMOLOGACION.- De consiguiente acuerda dicha PARTICION en los mismos términos y condiciones por los solicitantes convenidos; y así mismo se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas.- Se dá por terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Accidental,

Belkis Tomasini.-