REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciséis de mayo de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: FP02-S-2008-001934
Revisada la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana Yulibe del Carmen Lezama Viamonte, actuando en representación de sus hijos Brian Neptalí y Valeria Valentina y de los hijos de su concubino Junior Jesús y Clarizit Marivit, examinados los anexos que la conforma, se pudo constatar que los mencionados solicitantes actualmente son menores de edad, en consecuencia, de conformidad con el artículo 177, Parágrafo 1º, Literal “K” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLINA la competencia para conocer la presente solicitud en el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.- Se ordena la remisión de este expediente al Tribunal antes mencionado. Librese Oficio.- Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
Abog. Manuel Alfredo Cortes.
La Secretaria,
Abog. Soraya Charboné
MAC/SCH/indira.
Sentencia : PJ0192008000276
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