REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar

Ciudad Bolívar, dieciséis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la Ciudadana: Yasmim Yamilet García Colina, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.197.063, debidamente asistida por el Profesional del Derecho PATRICIA S. SALAZAR C, abogado en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 100.044 y de este domicilio. Este Tribunal de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que establece la creación y constitución de Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente, entre cuyas atribuciones está la de conocer de los asuntos de que cuando haya Niños y Adolescentes (artículo 177, Parágrafo 4°, Literal “F”). En consecuencia visto que en el caso de autos la solicitante señala: que procediendo en este acto en representación de los derechos de su menor HIJA: Franyalina del Carmen, lo cual se ve confirmado por la partida de nacimiento que en copia certificada acompaña a la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar DECLINA su competencia para conocer la presente solicitud al Juzgado de Protección al Niño y al Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se ordena la remisión de este expediente al Tribunal antes mencionado. Líbrese Oficio. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,



Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,


Abg. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/angela.-
ASUNTO: FP02-S-2008-003281
Resolución Nº PJ0192008000282.-