República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y
Transito de la Circunscripción Judicial
Del Estado Yaracuy.
Años: 198º Y 149º
EXPEDIENTE Nº 14.007 Jurisdicción Civil
MOTIVO INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SOLICITANTE: BRIVIAN MARLYN ORTIZ MENDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.279.070, de este domicilio.
I
Por cuanto en fecha 24 de Octubre de 2008, según oficio N° CJ-08-2232, de fecha 16 de Octubre del año en curso, se acordó prórroga por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, como JUEZ TEMPORAL de este Juzgado, cargo del cual tome posesión a partir del día, 03 de Noviembre de 2008, me avoco al conocimiento de la presente causa:
Se inicia el presente procedimiento mediante solicitud presentada por la ciudadana BRIVIAN MARLYN ORTIZ MENDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.279.070 y de este domicilio, asistida por el abogado MAROLYN MONTILLA RIERA, Inpreabogado Nº 90.115, recibida por distribución en fecha 12 de junio de 2008. en la misma solicito la solicitante la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, alegando que nació el día 01 de Octubre del año 1983 a las 12:40 p.m. en el Hospital Central “Dr. Placido Daniel Rodríguez Rivero del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; siendo sus padres ZOLIO MANUEL ORTIZ NEGRIN y PETRA JUSTINA MENDEZ DE ORTIZ.
A los fines de probar sus alegatos la solicitante consigno los siguientes recaudos: Certificado de Nacimiento expedido por el Hospital Dr. Placido Daniel Rodríguez Rivero, Constancia de no presentado emanado por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Peña, Copia Certificada de la búsqueda minuciosa realizada en los libros llevados por el Registro Principal del Estado Yaracuy, donde se constato que en los libros respectivos del año 1983 al 1990, no se encuentra inserta la partida de nacimiento de la solicitante y Copia Certificada del Acta de Matrimonio de sus padres.
En fecha 22 de Julio de 2008 fue admitida la presente solicitud, se ordeno el emplazamiento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el acto de Oposición a la solicitud. De igual forma se acordó notificar al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de este Estado, fue notificada en fecha 29 de julio de 2008. Y en la misma fecha fue consignada.
Al folio 11 cursa Poder apud acta otorgado por la solicitante al Abogado Marolyn Montilla Riera, Inpreabogado N° 90.115.
Cursante al folio 12 la apoderada judicial de la parte solicitante consigno diligencia y Edicto publicado en el periódico “El Diario”, y en la misma fecha el Juez Temporal se avoca al conocimiento de la presente causa, y vista la consignación de dicho edicto este Tribunal ordeno desglosado y agregado al expediente.
En fecha 22 de Octubre de 2008, el Tribunal dicto auto acordando abrir el procedimiento apruebas de conformidad con lo establecido en el articulo 771del Código de Procedimiento Civil.
II
Llegando el momento para decidir en la presente causa, el Tribunal pasa hacerlo en la forma siguiente:
El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el articulo 458 del Código de Procedimiento Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios 2, 3, 4 y 5, la cual concatenada con los hechos alegados en la solicitud, son suficiente a juicio de este Juzgador para la declaratoria CON LUGAR de la presente solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO y así se decide.
III
Igualmente en virtud de que en la presente causa no se presentaron Terceros afectados en la oportunidad concedida en la presente solicitud, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana BRIVIAN MARLYN ORTIZ MENDEZ y DECRETA LA INSERCION DE LA MISMA en el Libro de Registro Civil para Nacimientos, llevados por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Peña del Estado Yaracuy, dejando constancia que la ciudadana BRIVIAN MARLYN ORTIZ MENDEZ, nació el día 01 de Octubre del año 1983 a las 12:40 p.m. en el Hospital Central “Dr. Placido Daniel Rodríguez Rivero del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; siendo sus padres ZOLIO MANUEL ORTIZ NEGRIN y PETRA JUSTINA MENDEZ DE ORTIZ. Y no se oficiara a dicha Coordinación, hasta tanto las partes consignen lo conducente para proveer las copias de la presente sentencia, a los fines de la inserción respectiva.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los trece (13) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).
El Juez,
Abg. Luis Humberto Moncada Gil.
La Secretaria Acc,
Abg. Greisly James Rivero.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 02: 20 de la tarde.
La Secretaria Acc,
Abg. Greisly James Rivero.
LHMG/cl
Exp.- 14007
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