Por cuanto el acta que riela al folio catorce (14) del presente expediente, se evidencia que los ciudadanos NURIS YAMILET ANDRADE ESCALONA y JOSE GREGORIO RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 13.314.708 Y 13.503.607 respectivamente, de este domicilio, han llegado a un mutuo CONVENIMIENTO ante el Tribunal de Protección del Niño del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, donde el ciudadano JOSE GREGORIO RAMIREZ, propone como régimen de convivencia familiar, los días jueves y domingos desde la 1:00 p.m. hasta las 7:00 p.m., las vacaciones escolares y semana santa serán compartidas y alternas con cada padre en beneficio de los hijos. Seguidamente toma la palabra la ciudadana NURIS YAMILET ANDRADE ESCALONA, y expone estar de acuerdo con lo propuesto por el padre de sus hijos. Es por lo que este Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con los Artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Ofíciese a los Miembros del equipo Multidisciplinario adscritos a este Tribunal, a fin de participarles que queda sin efecto el oficio N° S1-0943 de fecha 29 de septiembre de 2008.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado y Sellado en la sala de Despacho de Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los cuatro (4) días del mes de noviembre del Dos Mil Ocho, Años: 198° de la Independencia y 149° de la federación.
El JUEZ,
ABG. Frank Santander Ramírez
La Secretaria,
ABG. Teresa Castrillo
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Decisión.
La Secretaria,
ABG. Teresa Castrillo
Exp.Civil Nº 12264/08
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