Hoy, Trece (13) de Noviembre del Año Dos Mil Ocho (2008), siendo las nueve de la mañana (09:00a.m.) , se trasladó y constituyó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, integrado por el ciudadano FRANKLIN OVIEDO FLORES, en su carácter de Juez Titular, titular de la Cédula de Identidad N° 7.010.216 , la Secretaria Titular CARMEN PINTO, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.504.201, y el Alguacil Titular MANUEL SANCHEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.702.516, en la Calle Cuarta con la Avenida siete y Avenida seis, distinguido con el N° 24 Municipio Nirgua Estado Yaracuy, sitio indicado por la parte interesada a objeto de practicar la ENTREGA MATERIAL, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en el Procedimiento de Ejecución de Hipoteca de Primer Grado, seguido por la ciudadana: SARMIENTO ARELLYS MARLENYS, contra la ciudadana: LEON ANA TERESA. Encontrándose presente el Abogado Apoderado de la parte Actora ciudadano: RAFAEL BELLERA SOLORZANO, mayor de edad, Inpreabogado N° 49.181, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.029.159, con domicilio en Valencia Estado Carabobo y aquí de tránsito. En este estado se deja constancia que el representante de la Depositaria Judicial Yaracuy, S.R.L., en la persona del ciudadano: DOUGLAS ALEXIS OSORIO, no compareció a la práctica de la medida fijada para hoy. Encontrándose presente también el Perito Avaluador designado por este Tribunal ciudadano: ELADIO EDUARDO BETANCOURT RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.924.239, de este domicilio, quien expone: Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al mismo. También se encuentra presente una Comisión de la Guardia Nacional del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, integrado por el SARGENTO MAYOR SEGUNDO RICHARD CARRRASQUEL MORA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.849.876, Adscrito al Tercer Pelotón, Segunda Compañía, Destacamento N° 45, Comando Regional N° 4, Nirgua Estado Yaracuy. También presente el Abogado CARLOS ANDRES VELIZ FIGUEROA, Inpreabogado N° 69.746, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.912.296, de este domicilio, como Abogado Asistente de la ciudadana: MARIA ASENCION SANCHEZ. Se notifico de la misión del Tribunal a la ciudadana: MARIA ASENCION SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, soltera, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.133.561, y con domicilio en este Municipio Nirgua Estado Yaracuy. En este estado interviene la parte Actora y expone: En vista de la imposibilidad de los ocupantes del Inmueble de no tener sitio donde ubicarse concedo un plazo improrrogable hasta el 15/12/08, a los fines de que encuentren un lugar adecuado donde ubicarse. En consecuencia solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida hasta el cumplimiento de la fecha antes indicada que el 15/12/08. En este estado interviene el Abogado asistente de la ciudadana: MARIA ASENCION SANCHEZ, anteriormente identificada, Abogado en ejercicio CARLOS ANDRES VELIZ FIGUEROA, ya arriba identificado y expone: Solicito al Abogado representante de la posibilidad de tener una conversación con el propietario del Inmueble a los fines de llegar a un arreglo económico, no obstante de reservarme el derecho de realizar cualquier acción Judicial para revocar la medida. Es todo. Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se abstiene de practicar la presente medida en virtud del plazo improrrogable otorgado a los ocupantes hasta el 15/12/08, por el Abogado RAFAEL BELLERA SOLORZANO. Es todo. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a su sede siendo las Doce Meridiem (12m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez,


Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES


La Notificada,



El Abogado Actor,
El Abogado Asistente,






El Perito Avaluador
La Comisión de la G.N.



El Alguacil,
Manuel Sánchez



La Secretaria,
Carmen M. Pinto