REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 20 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-001789
ASUNTO : UP01-P-2008-001789

Visto el contenido del escrito interpuesto por la Abog. IRAIDA RAQUEL COLMENARES, en su carácter de FISCAL SUPERIOR (E) DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, mediante la cual solicita Prórroga de la MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor del ciudadano JOSE GREGORIO HERBERT SANCHEZ y su núcleo familiar, este Tribunal observa lo siguiente:

En fecha 12 de junio de 2008 este Tribunal Dictó MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor del ciudadano JOSE GREGORIO HERBERT SANCHEZ y su núcleo familiar, para lo cual se giraron las respectivas instrucciones al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, a los fines de ejecutar la medida mediante recorridos policiales en el domicilio de la víctima, hasta por un lapso de noventa (90) días continuos.

Ahora bien, el Ministerio Público pide que se prorrogue la Medida de Protección, por cuanto la víctima ha visto en peligro su integridad, lo cual manifiesta ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, según lo expresa en Oficio N° YAF4-2740-08 suscrito por la Fiscal Auxiliar Cuarta del Ministerio Público donde expone que ante ese Despacho Fiscal compareció el ciudadano JOSE GREGORIO HERBERT SANCHEZ y expuso que está recibiendo amenazas en su residencia, por lo que solicita prórroga de la Medida de Protección.

Por lo expuesto, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, considera que existen suficientes elementos de convicción para presumir que pudiera encontrarse amenazada la integridad de la víctima, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81, 82, 83 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, este Tribunal acuerda lo solicitado y en consecuencia Ratifica MEDIDA DE PROTECCION a favor del ciudadano JOSE GREGORIO HERBERT SANCHEZ y su núcleo familiar, residenciado en Sector Zambuco, vía Macagua, a 100 metros de la toma de agua de Albarico, vía Mayorica, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, para lo cual se giran las respectivas instrucciones al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, a los fines de ejecutar la presente medida por medio de rondas sucesivas en el lugar del domicilio de la víctima, hasta por un lapso de noventa (90) días continuos. Ofíciese lo conducente y notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público y al ciudadano JOSE GREGORIO HERBERT SANCHEZ, el contenido del presente auto. Cúmplase.

La Juez de Control N° 2

La Secretaria

Abog. María Inés Pérez Guntiñas

Abog. Carmen Norelly Rangel