REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 13 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002576
ASUNTO : UP01-P-2005-002576
Firme como a quedado la sentencia dictada en fecha 29-02-2008 por el tribunal de juicio N-1 del Estado Yaracuy en el asunto UPOI-P-2005-002576, se determina que el penado GILBER ERNESTO OCHOA RAMIREZ venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad NV-20.468.466, fue condenado a cumplir la pena de 12 años y seis 6 meses de prisión por la comisión del delito de violación previsto y sancionado en el articulo 374 deL código penal y habiendo quedado definitivamente firme la sentencia este tribunal procede a ejecutarla. En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena :Se determino que fue detenido el 02-12-05 hasta la presente fecha por lo que lleva detenido dos 2 años once meses y once 11 días por lo que se evidencia que el penado puede optar al beneficio de destacamento de trabajo habiendo cumplido 1/4de la pena en fecha 15-02-2009 Régimen abierto habiendo cumplido 1/3 parte de la pena en fecha 02-02-2010 la Libertad condicional habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha 02-04-2013 y la gracia del confinamiento habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha 17-04-2014 quedando notificados en este mismo acto la Fiscalia undécima del ministerio publico el penado y la defensora quinta . Se ordena oficiar lo conducente a la consultoria jurídica del internado judicial Yaracuy Cúmplase.
Abg. Luis Valdivieso
Juez de Ejecución N° 2 La secretaria