REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

SETENTA Y CUATRO (74)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Diez (10) Noviembre dos mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000018

Por cuanto para el día de hoy, 10 de Noviembre de 2008, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por ocupaciones preferentes, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado, ordena REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el MARTES DOS (02) DE DICIEMBRE DE 2008 a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ




La Secretaria,



Abg. MIRBELIS ALMEA




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