REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

SETENTA Y CUATRO (74)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Once (11) Noviembre dos mil Ocho
198º y 149º
SUNTO: UP11-L-2007-000586

Por cuanto para el día de hoy, 11 de Noviembre de 2008, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar y por asuntos propios del Tribunal que imposibilitan a la Ciudadana Juez presidir dicho acto, el Tribunal, en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR la Audiencia Preliminar, para el VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DE 2008 a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ




La Secretaria,



Abg. MIRBELIS ALMEA





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