REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Diez (10) de Noviembre de Dos Mil Ocho
198º y 149º
Fijada como se encontraba la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día viernes (07) de noviembre de 2008, a las once de la mañana (11:00 M), según consta en acta de fecha (21) de octubre de 2008, inserta a los folios (23 y 24) de este asunto y debido a que la ciudadana Juez del Despacho se encontraba de permiso en la referida fecha, lo que le impidieron presidir dicha audiencia; En consecuencia, quien Juzga acuerda REPROGRAMAR la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, para el día: MARTES (18) de NOVIEMBRE DE 2008, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM). De conformidad con lo establecido por el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no se ordena la notificación de las partes.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA.
ASUNTO N° UP11-L-2008-000408-Oswaldoliscano.