REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO SUPERIOR DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 24 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: FP11-R-2008-000339
Una (01) Pieza
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha 18 de noviembre de 2008, por la abogada MAOLY MEDINA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 112.906, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente empresa CORPORACIÓN F.B.K., C.A., tal como se evidencia de instrumento poder cursante a los folios 179 y 180 del presente expediente, mediante la cual desiste del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 16 de octubre de 2008 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en consecuencia, verificado como ha sido que a la referida profesional del derecho le fueron conferidas las mas amplias facultades para ejercer la representación de la parte demandada de autos, este Tribunal Superior le imparte su aprobación y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación presentado por la parte demandada, por lo cual se ordena la remisión inmediata de la presente causa a su Tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los Veinticuatro (24) días del mes de Noviembre de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA,
ABG. ANA TERESA LOPEZ ARTEAGA
LA SECRETARIA DE SALA,
ABG. CARMEN GARCÍA