REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, veintiocho de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: FD01-X-2008-000032
RESOLUCION N° PJ0182008000942

Vista la inhibición propuesta por el Dr. LUIS JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, en su carácter de Juez del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoní del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, de fecha 19 de noviembre del 2008, donde se inhibe de conocer y ejecutar la Medida de Embargo Preventivo librada en el asunto FP02-2008-C-0000628, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO le tiene incoado la ciudadana BELKIS DE LOURDES SANTODOMINGO ALFARO contra la ciudadana GREGORIA DE JESUS CARRERA, fundamentándose en el Ordinal 18 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece lo siguiente:
"Por enemistad manifiesta entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que, sanamente apreciados, hagan sospechable la parcialidad del recusado.-"
Ahora bien, señalado lo anterior, se observa que los hechos expuestos por el Juez inhibido, están en la disposición procedentemente transcrita, es por ello que éste tribunal DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta y así se decide EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.-
Se ordena remitir la presente inhibición a su tribunal de origen, a los fines de que sea agregado a los autos.-
La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria, Temporal.-

Sofía Medina.-
HFG/Eddy.-