REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
ASUNTO: FP02-M-2008-000121
Vistas las anteriores actuaciones correspondientes a la demanda de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION intentada por la profesional del derecho SANDRA ROMERO GUDIÑO, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula N° 132.345 y de este domicilio, en su condición de endosataria en procuración de una (1) letra de cambio girada a favor de la ciudadana ELVIA MARY ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.018.929 y de este domicilio, aceptada para ser pagada sin aviso y sin protesto por la ciudadana MARIA GABRIELA ROMERO PARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.044.895 y de este mismo domicilio.
En fecha 21 de octubre de 2008 el Tribunal admitió la demanda, ordenó intimar a la demandada para que compareciera en un plazo de DIEZ (10) días de despacho siguientes al de su intimación a pagar las cantidades de dinero indicadas en el decreto de intimación.
En fecha 31 de octubre de 2008 el alguacil del Tribunal consignó el recibo de citación personal debidamente firmado por la ciudadana María Gabriela Romero Pares (fl. 08).
Vencido como quedó el lapso de DIEZ (10) días, concedido a la demandada para pagar voluntariamente el monto señalado, sin que se hubiese acreditado el pago o hecho oposición al decreto de intimación, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil ocho. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCh/silvina.-
RESOLUCION N° PJ0192008000827.-
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