REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LOS MUNICIPIOS ARÍSTIDES BASTIDA, JOSÉ ANTONIO PÁEZ, NIRGUA, BRUZUAL, URACHICHE Y PEÑA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 13 de Noviembre de 2008

198° y 149



Vista la diligencia de 12 de noviembre del presente año, consignada por la abogada GRISELDA HIDALGO, inscrita en IPSA bajo el número 90.143, y con el carácter acreditado en autos, en donde expone: “Desisto del Procedimiento de la causa signada con el Nº 00155 con motivo del juicio de interdicto de Amparo por perturbación llevada por ante este despacho en contra de los ciudadanos DENIA TORRES, JUAN SALVADOR TORRES, JUAN RAMON TORRES, JOSE LUIS TORRES y REGULO TORRES”, este tribunal a los fines de proveer hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO: el 16 de marzo del 2006, se introdujo ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la demanda por Interdicto de Amparo por Perturbación incoada por la abogada GRISELDA MARIE HIDALGO VERGARA, actuando en representación como apoderada judicial del ciudadano ERWIN ANDRES SARMIENTOS contra los ciudadanos DENIA TORRES, JUAN SALVADOR TORRES, JUAN RAMON TORRES, JOSE LUIS TORRES y REGULO TORRES. Dicha demanda fue admita por ese tribunal en auto de fecha 03 de abril de 2006.

SEGUNDO: el 16 de mayo de 2006, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy ordeno librar boleta de citación a la parte demandada.

TERCERO: el 22 de septiembre de 2006, la abogada GRISELDA HIDALGO, apoderada judicial de la parte demandante, consigna dos ejemplares de los diarios “Yaracuy al Día” y “El Yaracuyano”, contentivo de publicaciones de carteles de citación.


Ahora bien, de las actas procesales se evidencia, que riela a los folios 03 y 04, poder general otorgado por el ciudadano ERWIN ANDRES SARMIENTOS, a la abogada GRISELDA MARIE HIDALGO VERGARA, antes identificado, para desistir del presente juicio en nombre y representación del ciudadano ERWIN ANDRES SARMIENTOS.
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto y por cuanto se evidencia las actas del expediente que el mismo tiene lugar antes de la contestación de la demanda no requiere de la manifestación de voluntad del demandado, por lo tanto conforme al artículo 263 en concordancia con el 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO formulado por la parte actora ciudadano ERWIN ANDRES SARMIENTOS en el juicio por INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACIÓN contra los ciudadanos DENIA TORRES, JUAN SALVADOR TORRES, JUAN RAMON TORRES, JOSE LUIS TORRES y REGULO TORRES, y se ordena la remisión del expediente al archivo judicial.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Debidamente firmada y sellada en la sala de este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa a los 13 días del mes de Noviembre de dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.


El Juez Provisorio,
SERGIO SINNATO MORENO
El Secretario,
ARQUIMEDES JOSE CARDONA



En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la una de la tarde (01:00 P.M.).


El Secretario,
ARQUIMEDES JOSE CARDONA


SSM/AJC/yp
Exp. N° 00155