ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-001024
ASUNTO : UP01-P-2005-001024
Revisado el presente asunto de la penada CARMEN ALECIA LOPEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, de 41 años de edad, nacida el 25 de Diciembre del 1962, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.906.744, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: La penada fue condenada a cumplir la pena SEIS (6) AÑOS DE PRISION más las accesorias establecidas en el Artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Consta en autos que la penada fue detenida desde el día 27 de Mayo del año 2005 hasta la presente fecha (29/10/2008) por lo que lleva detenida TRES (3) AÑOS CINCO (5) MESES Y DOS (2) DIAS.
TERCERO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (2) AÑOS SEIS (6) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, pena que vence el día 27 de Mayo del 2011.
Así mismo se le informa a la penada que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte de la pena (1 año y 6 meses) Extinguido; REGIMEN ABIERTO; al cumplir la 1/3 parte de la pena (2 años) extinguido, así mismo le corresponde LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (4 años ) es decir el día 27/05/2009; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena (4 años y 6 meses) es decir el día 27/11/2009. En razón de la actualización de los cómputos de la pena se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara a los fines de que le realicen el informe Psicosocial de la penada antes identificada ya que opta al Beneficio de Régimen abierto. Oficiar a la Junta Rehabilitadora del estado Lara a los fines de que realicen la Redención Por Trabajo y/o estudio de la penada de autos, oficiar al Director del Centro Penitenciario Uribana a los fines de que remita Constancia de Conducta de la penada CARMEN ALECIA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.906.744, oficiar al Ministerio de Interior y Justicia a los fines de que remita Certificación de Antecedentes Penales de la penada CARMEN ALECIA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.906.744.
Remítase copia certificada del presente auto a la penada, al Director del Centro Penitenciario Uribana, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara y notificar al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público y a la Defensora Pública Quinta Penitenciaria. Ofíciese y remítase lo conducente. Cúmplase.-
JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. JENNY ANDALUZ AFFIGNE
EL SECRETARIO
ABG. DOUGLAS FUENTES
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