REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 10 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000681
ASUNTO : UP01-P-2008-000681
Revisado el presente asunto UPOI-P-2008-000681 EL TRIBUNAL OBSERVA para el momento de la ejecución de la sentencia en el calculo de los cómputos se cometió un error involuntario al transcribir en dicho auto que los penados Figueroa ely Alberto y Alvarado Freddy Jean Carlos tenían un tiempo detenidos desde el 23 de febrero del presente año 2008 hasta la presente fecha Siendo lo correcto de que fueron detenidos el 23 de febrero del 2008 hasta el 09 de julio de este mismo año fecha en la cual se les otorgo una medida cautelar sustitutiva de libertad por lo que se evidencia que estuvieron detenidos por un lapso de cuatro 4 meses y dieciséis días faltándole por cumplir dos años 2 y catorce días por lo que este tribunal corrige los cómputos en la forma antes expuestas ofíciese lo conducente
LUIS VALDIVIESO R la secretaria
JUEZ DE EJECUCION n-2