REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 9 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-001203
ASUNTO : UP01-P-2008-001203
EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como a quedado la sentencia dictada en fecha 30-07-2008 por el tribunal de juicio N-2 del Estado Yaracuy el asunto UPOI-P-2008-001203, se determina que el penado Alejandro Antonio Escorcha Pérez venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad NV-13.313600, fue condenado a cumplir la pena de DIEZ 10 AÑOS de prisión por la comisión del delito de robo agravadoprevisto y sancionado en el articulo 458 deL codigo penal y habiendo quedado definitivamente firme la sentencia este tribunal procede a ejecutarla. En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena :Se determino que fue detenido el 29-04-08 hasta la presente fecha por lo que lleva detenido cinco 5 meses y ocho 8 dias por lo que vence la pena el 29-04-2018 por lo que se evidencia que el penado puede optar al beneficio de destacamento de trabajo habiendo cumplido 1/4de la pena en fecha 29-10-2010 Régimen abierto habiendo cumplido 1/3 parte de la pena en fecha 29-08-2011 la Libertad condicional habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha29-12-2014 y la gracia del confinamiento habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha 29-10-2015 quedando notificados en este mismo acto la Fiscalia undécima del ministerio publico el penado y la defensora quinta . Se ordena oficiar lo conducente a la consultoria jurídica del internado judicial Yaracuy Cúmplase.
Abg. Luis Valdivieso
Juez de Ejecución N° 2 La secretaria