REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, veinte (20) de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: UP11-L-2008-000321
Vista la diligencia cursante al folio cuarenta y siete (47) del presente asunto, suscrita por el ciudadano: NEMECIO VIRGUEZ GARAY, ampliamente identificado en autos, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: JESÙS HUMBERTO DELGADO, Inpreeabogado Nro. 82.844, y por la Abogada en ejercicio: SARAITH ADDAD, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.119, el primero actuando en su condición de parte actora y la segunda actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal el Diferimiento de la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy lunes 20-10-2008 a las, a las 11:00 AM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda DIFERIR la celebración de la Audiencia Preliminar, para el día LUNES DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DE 2008, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez;

Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Secretaria;



Abg. MIRBELIS ALMEA


ASUNTO: UP11-L-2008-000321
Una (01) Pieza
AVLH/MA/dilciasosa