REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, Veintiuno (21) de Octubre de Dos Mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000146
Vista la diligencia cursante al folio Setenta y Uno (71) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: RAMON VALECILLOS y OSIRIS TORRELLAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 27.479 y N° 119.647 respectivamente, el primero actuando en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante, y la segunda, Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la reprogramación de la Audiencia fijada para el día de hoy 21-10-2008, a las 2:00 PM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda REPROGRAMAR la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada, para el día JUEVES TREINTA (30) DE OCTUBRE DE 2008, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez;
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Secretaria;
Abg. MIRBELIS ALMEA
AVLH/MA/lisbethcamacaro