REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Veintiuno (21) de Octubre de 2008
198° y 149°
ASUNTO: UP11-L-2007-000330
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto al merito favorable de autos promovido en la capítulo PRIMERO este tribunal NO la ADMITE por no ser un medio de prueba.
B. En cuanto a la admisión de los hechos promovidos en el capítulo SEGUNDO este tribunal NO la ADMITE por cuanto son alegatos de parte y no medios de pruebas.
C. En cuanto a la prueba testimonial descrita en el capítulo TERCERO, este tribunal la ADMITE, se ordena fijar la oportunidad para el día y la hora de la audiencia de juicio.
D. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capitulo CUARTO, referente a expediente administrativo este tribunal la ADMITE, por no ser contraria a derecho.
PARTE DEMANDADA: La parte demandada no promovió pruebas al proceso.
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;
Abg. Noraydee Reverol