REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Veintiocho (28) de Octubre de 2008
198° y 149°
ASUNTO: UP11-L-2007-000656
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto al Merito Favorable de autos descrito en el capítulo PRIMERO, este tribunal NO la ADMITE, por no ser medios de pruebas.
B. En cuanto a las documentales descritas en el capitulo SEGUNDO al SEPTIMO, este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
PARTE DEMANDADA:
A. En cuanto a las documentales descritas en el capitulo PRIMERO, este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
B. En cuanto a la prueba de Informe, promovida en el capitulo SEGUNDO, este tribunal la ADMITE, por lo que se ordena oficiar a la Oficina de Finanzas y al jefe de auditoria interna de la Gobernación del Estado Yaracuy para que informe sobre los siguientes particulares: a) Informe sobre la ciudadana MARITZA COROMOTO CASTELLANOS CEDEÑO, cedula de identidad Nº 7.592.928, en relación a la relación de trabajo cargos, relación de salario, fechas de ingresos y egresos, pagos realizados y cheques elaborados. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria;
Abg. Noraydee Reverol