REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION
Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR
ASUNTO: FP02-S-2008-0006111
Ciudad Bolívar, 13 de OCTUBRE del año 2.008
198° y 149°
Visto la diligencia suscrita en fecha 09 de OCTUBRE de 2008 por el ciudadano JUAN CASANOVA MORA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa NORBERTO ODEBRETCH, parte oferente en la presente causa, mediante la cual desiste del presente procedimiento de oferta real de pago en virtud de que la extrabajadora ofertada efectuó el cobro de sus prestaciones sociales, este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO Y EN CONSECUENCIA DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,
ABG. ROSIBEL GOMEZ D´LIMA.
LA SECRETARIA.
ABG. ZULAY ALLEN.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA.
ABG. ZULAY ALLEN
RGD.
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