REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 03 de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: FP02-S-2008-000308
Visto el desistimiento del procedimiento por la parte solicitante HAYDEE POCATERRA DE SPEROTTO en la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, el Tribunal en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la solicitante está facultada para desistir, dá por consumado el acto y procede a homologar, como en efecto lo hace, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Se ordena la devolución de todos los documentos originales presentados con el libelo solicitud y la expedición de la copia certificada de todas las actuaciones que conforman el presente expediente.- Archívese el expediente constante de diecisiete (17) folios útiles.-
El Juez,
Ab. Manuel Alfredo Cortés B.-
La Secretaria,
Ab. Soraya A. Charboné P.-
MAC/SACHP/tgsm
Resolución N° PJ0192008000653