REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO SEDE EN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, nueve de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: FP02-F-2006-000056
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 02 de octubre de 2008, por la ciudadana Elimar González Guatache, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.049.224, debidamente asistida por el ciudadano José Colina, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 13.215, mediante la cual desistió del presente procedimiento y solicitó que previa homologación, le sea devueltos los originales consignados en autos.
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el referido desistimiento, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Asimismo se acuerda la devolución de los anexos consignados en autos junto con el libelo de la demanda, de ser originales, previa su certificación en autos, en caso contrario, se agregaran en su lugar copias simples, ello de conformidad con lo previsto en el artículos 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,

Ab. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.
MAC/SCh/Yinet
Resolución Nº PJ0192008000677