ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2007-001556
ASUNTO : FP11-L-2007-001556


Visto el anterior escrito y sus anexos consignado por los coapoderados judiciales de la parte demandada, este Tribunal para pronunciarse al respecto realiza las siguientes consideraciones: A) la presente demanda se instaura mediante solicitud de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos (accidente laboral entre otros), b) el juicio iniciado o la causa en comento, no puede ser separada en cuanto a sus conceptos se refiere, por el principio de la unidad del proceso, es decir que el hecho de que efectivamente la parte demandante haya retirado la oferta real de pago consignada por la demandada, ello implica la aceptación de los conceptos determinados en dicha oferta, mas no es causal de la terminación del juicio o la causa.
Por tal circunstancia este Tribunal niega lo solicitado, no obstante le da plena validez al pago aceptado por el demandante mediante la oferta real tramitada por el Tribunal Séptimo de Sustanciación Mediación y Ejecución Laboral de esta Circunscripción Judicial.

DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez
La secretaria.



ABG. LENIN ARQUIMEDES BRITO NARVÁE