En fecha 22 de septiembre del año 2008, se recibe de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, recaudos mediante los cuales exponen que han realizado un acuerdo conciliatorio sobre OBLIGACION DE MANUTENCION (HOMOLOGACION), consignando acta suscrita por los ciudadanos NELSON ANTONIO ALEJOS HURTADO y BETSI MARIELIS TOVAR PIÑA, venezolanos, mayores de edad, con Cédulas de Identidad Nros 14.919.987 y 16.594.289 respectivamente, y domiciliados el primero en el Sector Campo Nuevo, calle principal, de Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy y la segunda en el Sector Campo Nuevo, calle nueva, de Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy, a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
Anexa copia fotostática de la partida de nacimiento del niño de auto que cursa al folio 3.
Admitida la solicitud en fecha 29 de septiembre de 2008, esta Sala de Juicio acordó impartirle su homologación. De las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que los ciudadanos NELSON ANTONIO ALEJOS HURTADO y BETSI MARIELIS TOVAR PIÑA, plenamente identificados en autos; han llegado a un ACUERDO, por convenimiento efectuado ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Yaracuy en cuanto a la Obligación de Manutención, en los siguientes términos: El ciudadano NELSON ANTONIO ALEJOS HURTADO, reconoce que tiene una deuda, y se compromete a cancelar la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,00) de la forma siguiente: en un pago de cuatro cuotas, la primera por un monto de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) la cual se compromete a cancelarla el día 29 de agosto de 2008, la segunda cuota por un monto de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00), la cual se compromete el obligado alimentista a cancelarla el día viernes 5 de septiembre de 2008, la tercera cuota por un monto de de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), comprometiéndose a cancelarla el día viernes 12 de septiembre de 2008; la cuarta cuota por un monto de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) para ser cancelada el día viernes 19 de septiembre de 2008. el obligado alimentista se compromete a depositar los montos mencionados en las fechas acordadas, en la cuenta de ahorro N1 007-0071-15-0010017826, de la Entidad Bancaria Banfoandes.
Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento.
En tal virtud, se homologa el acuerdo, donde el ciudadano NELSON ANTONIO ALEJOS HURTADO, reconoce que tiene una deuda, y se compromete a cancelar la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,00) de la forma siguiente: en un pago de cuatro cuotas, la primera por un monto de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) la cual se compromete a cancelarla el día 29 de agosto de 2008, la segunda cuota por un monto de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00), la cual se compromete el obligado alimentista a cancelarla el día viernes 5 de septiembre de 2008, la tercera cuota por un monto de de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), comprometiéndose a cancelarla el día viernes 12 de septiembre de 2008; la cuarta cuota por un monto de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) para ser cancelada el día viernes 19 de septiembre de 2008. el obligado alimentista se compromete a depositar los montos mencionados en las fechas acordadas, en la cuenta de ahorro N1 007-0071-15-0010017826, de la Entidad Bancaria Banfoandes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año 2008. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

El Juez,

Abg. Frank Santander Ramírez
La Secretaria

Abg. Teresa Castrillo
En la misma fecha se publicó siendo las 09:00, a.m.
La Secretaria

Abg. Teresa Castrillo

Solicitud Nº 2268/08
FSR/wb.-