REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 17 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-001685
ASUNTO : UP01-P-2005-001685


BENEFICIO DESTACAMENTO DE TRABAJO

, Revisadas las actas que conforman el presente asunto en el cual figura como penado CARLOS ENRIQUE BOLAÑOS TORRELLAS titular de la cedula de identidad N V- 11.650.004 condenado ala pena de doce(12) años de prision por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado por el articulo 405 del código penal este tribunal hace las siguientes consideraciones Y a los fines de decidir observa ,Primero, que en los folios 357 corre inserta acta de actualizacion de computos se determina que el penado a cumplido mas de un ¼ de la pena a la cual fue sentenciado por lo que opta al Destacamento de trabajo -SEGUNDO Consta en eL expediente los antecedentes penales en la cual se verifica que es su primer delito Cuarto consta los estudios psicosociales con pronostico favorable POR LO QUE ESTE TRIBUNAL A LOS FINES DE DECIDIR , habiendo constatado el cumplimiento de los requisitos del el articulo 500 del código orgánico procesal penal . ESTE TRIBUNAL DE EJECUCUON N 2 DEL ESTADO YARACUY EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY LE OTORGA AL PENADO CARLOS ENRIQUE BOLAÑOS TORRELLAS EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO . destinado a el destacamento de trabajo DR Francisco vargas muñoz ubicado en iboa municipio Aristides Bastidas Estado Yaracuy lugar en la cual debe pernotar y se le impone de las condiciones 1-respetar a las autoridades del destacamento 2- no consumir bebidas alcohólicas 3-participar en las actividades de trabajo y estudio ,culturales y deportivas 4- no salir del destacamento sin la debida autorizacion - notifiquese a la defensa publica quinta al penado y a la representacion fiscal CUMPLASE

Juez de ejecución N 2
ABG. LUIS VALDIVIESO R LA SECRETARIA