REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 23 de Septiembre de 2008
195º y 147º
ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-001711
PARTE ACTORA: Uvencio Sánchez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.025.542.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Luis M. Millán G., quien es abogado procurador de trabajadores del Ministerio para el Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 112.910.-
PARTE DEMANDADA: Alcaldía del Municipio Caroni del Estado Bolívar.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: José Abelardo Gil Tamaroni y Iskandeer Aisle Reyes Ramírez, quienes son abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los N°s 99.186 y 85.562.-
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales.-
Hoy, 23 de Septiembre de 2008, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma compareció el Dr. Jhonny Prado, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 99.173, quien actúa en nombre y representación del ciudadano Uvencio Sánchez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.025.542, quien se encuentra presente en este acto por una parte y por la otra el Dr. José Abelardo Gil Tamaroni, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 99.186, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y esgrimen situaciones de índole legal y jurisprudencial y solicitan la suspensión de la presente causa hasta el día 13 de Octubre de 2008, en consecuencia se fija la misma para el día Martes 14 de Octubre de 2008 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con las estipulaciones de los artículos 11 ejusdem y 202 del Código de Procedimiento Civil, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los Presentes