ASUNTO: FP02-S-2008-005751
RESOLUCION N° PJ0212008000919
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Visto el convenimiento realizado en fecha 19 de Agosto de 2008, ante la Fiscalia Séptima en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por los ciudadanos: PEDRO ACOSTA Y ROSA MINERVA REYES MENDEZ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.905.659 Y 8.905.218 respectivamente, en representación del niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). Se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el convenimiento presentado, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase, remítase Copia Certificada de la decisión a la Fiscalia Séptima en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
EL SECRETARIO DE SALA ACC.
ABOG. HECTOR GREGORIO MARTINEZ JAIME.
ASISTENTE
YUMERIS ARAY.
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