REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO (4°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. SEDE CIUDAD BOLÍVAR.
Ciudad Bolívar, Diecisiete (17) de Septiembre del 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: FHO3-S-1997-000001
ANTIGUO: 2685-1997
AUTO
Conforme a lo acordado en Acta de embargo de fecha 08-08-2008, ( folio 19-20 del cuaderno separado de medidas), este tribunal pasa a pronunciarse sobre la incidencia suscitada en el acto de embargo realizado en la mencionada fecha, en los siguientes términos:
En virtud de que la presente causa se encuentra en fase de ejecución forzosa y vista la consignación de documento publico registral realizada por la empresa Tasca, Marisquería, Restaurant La Ballena C.A., este tribunal, según lo previsto en el articulo 546 del Código de Procedimiento Civil, avenido por aplicación analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, decide abrir una ARTICULACION PROBATORIA, a fin de que las partes, logren probar debidamente sus derechos, decidiendo la incidencia, conforme a la norma, al noveno día.
Igualmente, este tribunal en uso de las facultades concedidas en el articulo 184 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ordena oficiar al Registro Mercantil Segundo de Ciudad Bolívar a efectos de solicitar información relacionada con la causa, según lo previsto en el articulo 5 eiusdem. Se omite notificación a las partes por encontrarse a derecho. Agréguese copia en el Cuaderno de Medidas. Ofíciese. Cúmplase.
EL JUEZ
Abg. JESUS ARENAS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
Abg. MAGLY MAYOL