REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES


JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, veintitres (23) de abril de dos mil nueve (2009).
Años: 199º y 150°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos LEOPOLDO ALBERTO TACOA RAMIREZ Y CIRSTOBAL JOSE CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.969.602 y V-5.464.464, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano WISTON ALFREDO NÚÑEZ FERNÁNDEZ, soltero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.510.039, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Municipio, sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías; que mide Veinticuatro Metros (24 Mts) de frente por Diecisiete Metros (17 Mts) de fondo, el cual da un total de Cuatrocientos Ocho Metros Cuadrados (408 Mts2), ubicado en el barrio San Rafael, Calle Los Cocos con Calle Canaima Sur N° 14-32, Municipio Independencia Estado Yaracuy, comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: Con casa que es o fue del ciudadano Nicolás Milla, hoy casa de Julio Gutiérrez; Sur: Con casa que es o fue del ciudadano Mario Arias, hoy casa de Cruz Chirinos; Este Con casa que es o fue del ciudadano Alberto Muñoz, hoy casa de Elvia Vásquez y Oeste: Con casa que es o fue de la ciudadana Elva Vásquez, hoy casa de Delia Méndez; bienhechurías que consisten en: una casa de habitación construida con paredes de bloques de concreto, distribuida de la manera siguiente: Cuatro (4) dormitorios, una (1) sala-cocina-comedor, dos (2) salas de baño, garaje, techo de placa y acerolit, cercada en su totalidad con paredes de bloques de concreto con su respectivo enrejillado, cercado con paredes de bloques de concreto, un sembradío de árboles frutales tales como: aguacate, guayaba y naranjas, con sus respectivos servicios básicos de agua, luz y teléfono. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
El Juez,
Dr. Luís Humberto Moncada Gil,
La Secretaria Acc,
Abg. Dagne Belinda Arteaga Ibarra.
En la misma fecha se devuelve la Solicitud N° 4726 constante de ocho (08) folios útiles. La Secretaria Acc,
Abg. Dagne Belinda Arteaga Ibarra.