REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 29 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2009-000113
ASUNTO : UP01-P-2009-000113
Visto el escrito de fecha 27/04/09 presentado por el defensor Privado del Imputado JOSE RAFAEL RODRIGUEZ GONZALEZ, en donde solicita revocar el auto de fecha 20/04/09 en donde se fija la Audiencia Preliminar, este Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:
Observa este Tribunal que el imputado JOSE RAFAEL RODRIGUEZ GONZALEZ, se encuentra privado de libertad, y que a ciencia cierta el lapso en que se fijo para la Audiencia Preliminar para el día 28/04/09 a las 10 a.m., amerita ser revisada, a pesar que la misma se hizo tomando en cuenta a los procedimientos de la Agenda Única, considerando este Juzgado que los ajustado a derecho es deja sin efecto el auto de fecha 20 de abril de 2009, y se fija nuevamente la Audiencia Preliminar para el día 13/05/09 a las 2:30 p.m. a la cual deben ser notificadas las partes y se ordene el traslado del imputado. Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: Acuerda dejar sin efecto la Audiencia Preliminar fijada para el día 28/05/09 a las 10 a.m., y se fija nuevamente para el día 13/05/09 a 2:30 p.m., quedando revocado el auto de fecha 28/05/09, conforme a lo establecido en el articulo 446 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Cúmplase. Ofíciese lo conducente y Notifíquese a la partes.
El Juez de Control No. 5,
Abg. César Rafael Girón Fadel La Secretaria