REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 3 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2002-000264
ASUNTO : UP01-P-2002-000264
Visto el escrito de 27/03/09 presentado por la abogada MARIBEL RODRIGUEZ MONCADA, en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en razón del cual solicita de este Juzgado la aprehensión de MARCOS ENRIQUE CARDENAS, venezolano, mayor de edad, de 52 años de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 3.897.237, residenciado: La Hoya, Municipio Veroes, Finca Progreso, Estado Yaracuy, por la presunta comisión del Delito de ACTOS LASIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el Artículo 377 del Código Penal, quien reiteradamente han incumplido con la obligación de comparecer a los actos fijados por el Tribunal para la celebración de la Audiencia Preliminar, en su totalidad Seis (6), además, cambio de residencia, sin que este Tribunal conozca la residencia actual, como consta al folio 183 vto, y las presentaciones de periódicas por ante la Fiscalía las incumplido, y cuya ultima presentación fue el día 02/04/07, según Oficio No. 22-F8-3144-08 de fecha 24/11/08, sin que conste en autos los motivos de tal ausencia, y por cuanto se hace necesaria asegurar su participación en la continuación del presente proceso penal, por la presunta comisión del Delito de ACTOS LASIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el Artículo 377 del Código Penal,, en perjuicio de la niña NEURIMAR YENIRET MATA, se les sigue, es por lo que este Tribunal acuerda librar orden de aprehensión en contra de los prenombrados imputados, y una vez aprehendidos, fíjese la audiencia Preliminar. Ofíciese a los órganos competentes a los fines de la captura y posterior presentación por ante este Tribunal de Control. Cúmplase.
El Juez de Control No. 5
César Rafael Girón Fadel
Abogado
La Secretaria
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