REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 3 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-000756
ASUNTO : UP01-P-2007-000756

Por cuanto he sido designado como Juez Temporal para cubrir las faltas temporales de los Jueces y Juezas por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha 30/07/08 de la región Nor-Central, designado por la Comisión Judicial en fecha 04/08/08 y juramentado en fecha 11/08/08, así mismo Convocado y Juramentado el 15/12/08 como ha sido para cubrir la ausencia del Tribunal de Control No. 5 de este Circuito Judicial Penal, me ABOCO, y este Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:

Visto el escrito de Archivo Fiscal fecha 16/03/09 presentado por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a favor del ciudadano FELIX RAMON MIGUENS ALBERT, por la presunta comisión del delito de ACARAMIENTO, previsto en sancionado en el articulo 20 del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley Especial de Defensa Popular Contra el Acaparamiento, la Especulación, El Boicot y Cualquier Otra Conducta que Afecte el Consumo de los Alimentos o Productos Sometidos a Control de Precios, este Tribunal ordena el cese de las medidas cautelares impuesta al imputado FELIX RAMON MIGUENS ALBERT, consistentes en Presentación una vez por semana ante la Taquilla de Presentación de Imputados de este Circuito Judicial Penal, prohibición de salida del país, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: el cese de las medidas cautelares impuesta al imputado FELIX RAMON MIGUENS ALBERT, consistentes en Presentación una vez por semana ante la Taquilla de Presentación de Imputados de este Circuito Judicial Penal, prohibición de salida del país. Regístrese. Ofíciese a la ONIDEX, DISIP. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Vencido el lapso remítase al Archivo.

El Juez de Control No. 5,
César Rafael Girón Fadel.
Abogado La Secretaria.