ASUNTO PRINCIPAL : UL01-P-1999-000018
ASUNTO : UL01-P-1999-000018
Celebrada audiencia especial en el día 16 de Abril de 2009 en la sede del Destacamento de Trabajo Agrícola Iboa Internado judicial de esta ciudad con el penado JOSE VALENTIN SIRA VELASQUEZ titular de la cédula de identidad N° 7.588.330, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado fue condenado por el Tribunal Primero de Reenvío en lo Penal de Caracas en fecha 26 de Febrero de 1999 por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA a cumplir la pena OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido la primera el día 30/08/1990 hasta el día 04/07/1991 por lo que tiene detenido DIEZ (10) MESES Y CUATRO (4) DIAS, la segunda detención fue el día 10/01/2007 hasta el día 16/04/2009 por lo que tiene detenido DOS (2) AÑOS TRES (3) MESES SEIS (6) DIAS, ahora bien, sumando los dos lapsos de detención da un total de tiempo de detención de TRES (3) AÑOS UN (1) MES Y DIEZ (10) DIAS.
TERCERO: Según acta de redención en la primera detención laboró como ranchero desde el día 21/09/1990 hasta el día 03/07/1991 se le redime la pena por un lapso de CUATRO (4) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS, la segunda redención por laborar en mantenimiento desde el día 12/01/2007 hasta el día 22/03/2007 por lo que se redime UN (1) MES Y CINCO (5) DIAS, la tercera redención laboró como ranchero desde el día 23/03/2007 hasta el día 17/07/2007 por lo que se le redimió UN (1) MES Y VEINTISIETE (27) DIAS, sumando los tres lapsos de redención da un total de tiempo redimido de SIETE (7) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, ahora bien, sumado el tiempo de detención que es de TRES (3) AÑOS UN (1) MES Y DIEZ (10) DIAS con el lapso redimido de de SIETE (7) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, da un total de tiempo de detención de TRES (3) AÑOS NUEVE (9) MESES Y TRES (3) DIAS.
CUARTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO (4) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, pena que vencen el día 13 de Julio del 2013.
CUARTO: Puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena: DESTACAMENTO DE TRABAJO: extinguido; REGIMEN ABIERTO: Extinguido; LIBERTAD CONDICIONAL: 13/11/2010 Y CONFINAMIENTO: 13/07/2011.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado JOSE VALENTIN SIRA VELASQUEZ titular de la cédula de identidad N° 7.588.330. Así mismo el penado solicita que se le practique la redención por trabajo y/o estudio, en razón a lo solicitado por el penado se ordena oficiar a la Junta Rehabilitadora del Internado Judicial del Estado Yaracuy a los fines de que practiquen la redención por trabajo. Quedaron notificadas todas las partes presentes en la audiencia celebrada en el día de hoy, igualmente se hace entrega del presente auto al penado JOSE VALENTIN SIRA VELASQUEZ. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Lusmar Rojas
Secretaria
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