REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 29 de Abril de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-S-2004-013651
ASUNTO : UP01-S-2004-013651
Revisado el presente asunto y evidenciado que el penado Rodríguez Ávila Luis Alberto , titular de la cedula de identidad N- V-20,889,321 podía optar al beneficio de destacamento de trab ajo. este tribunal Alos fines de decidir observa ,,el penado antes identificado . Actualmente recluido en el internado judicial de esta ciudad, tiene más de la cuarta parte de la pena cumplida. Sin embargo, se observa que en la presente causa no están dadas las circunstancias contempladas en el articulo 501 del código orgánico procesal penal, en virtud de que si bien es cierto que se ha extinguido mas de la cuarta parte de la pena impuestas sin embargo, se observa que en la presente causa NO están dadas las circunstancias contempladas en el articulo 501 ordinal 3 del código orgánico procesal penal, en virtud de que si bien es cierto que se ha extinguido mas de la cuarta parte de la pena impuesta, El pronostico sobre el comportamiento futuro del penado, expedido por el equipo multidisciplinario NO ES FAVORABLE CONCLUYENDO EL REFERIDO EQUIPO técnico que el penado no reúne los requisitos mínimos para optar al beneficio, condición este que ha sido detectada a través del estudio técnico que le fue practicado, el cual corre inserto a los folios 509 AL 514 suscritos por los funcionarios adscritos a la unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario de este estado
DECISION
En consecuencia este tribunal de ejecución del circuito judicial penal del estado Yaracuy “ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY” NIEGA CONCEDER EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado RODRIGUEZ AVILA LUIS ALBERTO titular de la cedula de identidad N- V-20,889,321 de conformidad con el articulo 501 ordinal 3 del código orgánico procesal penal se remite copia del presente auto al fiscal decimoprimero del ministerio publico, a la defensa .al penado y al director del internado judicial CUMPLASE
JUEZ DE EJECUCION N-2
LUIS VALDIVIESO LA SECRETARIA