REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 150º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2007-000346
PARTES DEMANDANTES: RAMON CASTILLO, ANGEL R. ALVARADO, SABINO OCHOA, DOMINGO
MOTA, JOSE A. PARRA, JULIO GUTIERREZ, JUAN SEVILLA, ADOLFO
DIAZ, FRANCISCO C. OCHOA, JUAN MENDEZ O, PEDRO J. CASTILLO
ROMULO PAEZ, LUIS A. PEÑA, RAUL A. PINEDA, PEDRO VARGAS M,
LUIS F. BLASCO, WULFREDO DE PAZ y JULIO GALINDEZ.
REPRESENTADOS POR: Abg. DAMASO A. SUAREZ ROJAS.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO
YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA
EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY. (I.A.P.E.E.S.E.Y).
EN LA PERSONA DE: Prof. NELSON ROJAS GY/O LEIDA ROJAS.
REPRESENTADO POR: Abgs. GISSEL DE JESUS GIMENEZ H y ANA R. TORREALBA J.
APODERADO JUDICIAL DE LA PROCURADURÍA DEL ESTADO: Abg. JESUS N. GALINDEZ LUCENA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los DOS (02) día del mes de ABRIL de 2009, siendo las 09:00 AM., de la Mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Suspendida y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por los ciudadanos: RAMON CASTILLO, ANGEL R. ALVARADO, SABINO OCHOA, DOMINGO MOTA, JOSE A. PARRA, JUAN SEVILLA, ADOLFO DIAZ, FRANCISCO C. OCHOA, JUAN MENDEZ O, ROMULO PAEZ, LUIS A. PEÑA, RAUL A. PINEDA, PEDRO VARGAS M, LUIS F. BLASCO, WULFREDO DE PAZ y JULIO GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 8.517.404, 5.460.464., 3.913.483, 4.476.254, 9.555.808, 3.456.573, 3.256.242, 7.592.364, 11.645.958, 4.970.700, 7.503.725, 7.905.745, 7.505.493, 4.126.282, 11.646.459 y 8.516.646 respectivamente, todos de este domicilio, representados en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: DAMASO ALNOLDO SUAREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N. 7.555.882 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N. 62.051, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos, en lo que respecta a los derechos e intereses solo en representación de los ciudadanos: RAMON CASTILLO, ANGEL R. ALVARADO, SABINO OCHOA, JOSE A. PARRA, JULIO GUTIERREZ, JUAN SEVILLA, ADOLFO DIAZ, FRANCISCO C. OCHOA, JUAN MENDEZ O, PEDRO J. CASTILLO, ROMULO PAEZ, LUIS A. PEÑA, RAUL A. PINEDA, PEDRO VARGAS M, LUIS F. BLASCO, WULFREDO DE PAZ y JULIO GALINDEZ, identificados en autos; en CONTRA: DEl INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY, (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (I.A.P.E.E.S.E.Y), en la persona de la ciudadana: LEIDA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N. 13.985.706, actuando en su carácter de Presidenta del Instituto Demandado, de este domicilio, representado en este acto por las Abogadas: GISSEL DE JESUS GIMENEZ H y ANA RAMONI TORREALBA J, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.775.745 y 15.885.628 e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 135.668 y 114.880 respectivamente, de este domicilio, quienes actúan con sus facultades de Consultor Jurídico la primera de los nombrados y de Apoderada Judicial la segunda de las nombradas adscritas del Instituto Demandado, actuando con sus facultades acreditas en autos, quien consigna en esta oportunidad Copia del Instrumento Poder, a los fines de demostrar sus facultades para actuar en Juicio en su condición de Consultor Jurídico adscrita al Instituto Demandado, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2007-000346, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto el Apoderado Judicial de los Demandantes en las personas de los ciudadanos: RAMON CASTILLO, ANGEL R. ALVARADO, SABINO OCHOA, JOSE A. PARRA, JULIO GUTIERREZ, JUAN SEVILLA, ADOLFO DIAZ, FRANCISCO C. OCHOA, JUAN MENDEZ O, PEDRO J. CASTILLO, ROMULO PAEZ, LUIS A. PEÑA, RAUL A. PINEDA, PEDRO VARGAS M, LUIS F. BLASCO, WULFREDO DE PAZ y JULIO GALINDEZ, antes identificados; la Consultor Jurídico del Instituto Demandado; y a su vez quien Juzga deja constancia de la comparecencia a este acto del Apoderado Judicial de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, el Abogado: JESUS N. GALINDEZ LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.912.137 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 94.889, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación de la Procuraduría General de este Estado; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. En este estado la ciudadana Juez declaro abierta la sesión y explico a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energía y recursos mediante la evitación de un proceso prolongado; por cuanto se desprende del debate la imposibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; se deja constancia que la Juez que preside este acto trato de mediar y conciliar las posiciones de las partes y estas comparecieron a la Suspensión de la Audiencia Preliminar sin lograrse la conciliación, de conformidad con lo previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por concluida la Audiencia Preliminar y se incorporan en este mismo acto al expediente las pruebas promovidas por las partes. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que el Apoderado Judicial de los demandantes, consignó en la oportunidad de la Celebración de la Audiencia Preliminar de instalación, escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles y su Vto, con Setecientos Treinta y Cuatro (734) anexos marcados con las letras:“A”,” C” y ”D”. Así mismo, se deja constancia que la Apoderada Judicial de la parte demandada, consignó en la oportunidad de la Celebración de la Audiencia Preliminar de Instalación, escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles y su Vto., con (12) anexos marcados con las letras: “A”,”B”, ”C”,”D” y ”E”; a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio, según lo dispuesto en el articulo 74 ejusdem; Se da por concluida la Audiencia Preliminar. Se ordena. REMITIR al Tribunal de Juicio la presente causa, a los fines de que el Juez de Juicio provea lo que considere pertinente. ASÍ SE DECIDE. Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Se hacen Cinco (05) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los DOS (02) día del mes de ABRIL de 2009. Siendo las 10:13 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por las partes demandantes: Por la parte Demandada:
INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO
CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL
ESTADO YARACUY (I.A.P.E.E.S.E.Y).
Representados por: Representado por:
Abg. DAMASO A. SUAREZ R.
Abg. GISSEL DE JESUS GIMENEZ. (Consultor Jurídico del Instituto Demandado)
Abg. ANA R. TORREALBA J.
Apoderado Judicial de la Procuraduría del Estado Yaracuy:
Abg. JESUS N. GALINDEZ L.
El Secretario.
Abg. RUBEN ARRIETA A.
AVLH/RA.
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