REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 13 de Abril de 2009.
198° y 150°
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2008-000549
PARTE DEMANDANTE JOSE AGUSTIN TOVAR; EDWIN RAFAEL SANCHEZ y AUGUSTO RAMON GARCIA VERASTEGUI.
ABOGADAS APODERADAS
Abgdas. LUCIA DI ROSAS HERNANDEZ y DAISY JOSEFINA MENDOZA YANEZ - I.P.S.A Nº 67.329 y 35.085
PARTE DEMANDADA MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY
REPRESENTANTE LEGAL
SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los trece (13) días del mes de abril de dos mil nueve (2009), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar y dar inicio al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, incoada por los ciudadanos: JOSE AGUSTIN TOVAR; EDWIN RAFAEL SANCHEZ y AUGUSTON RAMON GARCIA VERASTEGUI; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.586.860; 11.647.685 y V-4.970.555; respectivamente; representados por las Abogadas: LUCIA DI ROSAS HERNANDEZ y DAISY JOSEFINA MENDOZA YANEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 7.018.783 y Nº V- 7.364.817 e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 67.329 y 35.085; en CONTRA del MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY, representado por la SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato y se deja expresa constancia de que para este acto no se encuentran presentes la parte actora; en la persona de los trabajadores reclamantes, ciudadanos: JOSE AGUSTIN TOVAR; EDWIN RAFAEL SANCHEZ y AUGUSTO RAMON GARCIA VERASTEGUI, suficientemente identificados en autos; así como tampoco se encuentran presentes su Apoderadas Judiciales, Abogadas: LUCIA DI ROSAS HERNANDEZ y DAISY JOSEFINA MENDOZA YANEZ; suficientemente identificadas en autos en el Expediente UP11-L-2008-000549 de la nomenclatura de este Tribunal. Incompareciendo en consecuencia a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA DECISIÓN, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.
PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy siendo las 11:00 a.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
DIOS Y FEDERACION
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS
La Secretaria
Abgda. ZORAN GARCIA DIAZ
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