ASUNTO : FP02-V-2008-001828
RESOLUCION N° PJ0212009000360
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINTIVA
Visto el convenimiento de fecha 15 de Abril de 2.009, realizado por los ciudadanos RAIZA YUSMILI GARCIA Y WILMER VISNEL OCHOA, identificados en autos, donde solicitan su correspondiente Homologación. En consecuencia, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, autoriza el convenimiento presentado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil, y Homologa dicho convenimiento, por no ser contrario al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley y ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada formal de conformidad con lo previsto el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se suspenden todas las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 21 de Noviembre de 2008. Se ordena oficiar a al Jefe de Personal de la Empresa Obredes, en caicara del Orinoco, a los fines de hacer de su conocimiento la suspensión de las medidas señaladas. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCION (1)

DR. MIGUEL ANGEL PETIT PÉREZ
LA SECRETARIA DE SALA

DRA. CAROLINA QUIJADA G.

MAPP/CQG/Yaquelin Rodriguez