REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, catorce de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: FN01-X-2009-000005
Vista la inhibición propuesta por la Dra. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de fecha 26 de marzo del 2009, donde se inhibe de seguir conociendo el presente proceso, contentivo del juicio que por DESALOJO le tiene interpuesta la ciudadana SANDRA BEATRIZ QUARANTA PRIETO en contra de la ciudadana EILYN GLADELYS ALVAREZ NAVARRO, fundamentándose en el ordinal 12 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece lo siguiente:
"Por tener el recusado sociedad de intereses, o amistad íntima con alguno de los litigantes.-"
Ahora bien, señalado lo anterior, se observa que los hechos expuestos por el Juez inhibido, están en la disposición procedentemente transcrita, es por ello que éste Tribunal DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta y así se decide EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.-
Se ordena remitir la presente inhibición a su tribunal de origen, a los fines de que sea agregado a los autos.-
La Juez,
Dra. Haydée Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria, Accidental.-
Abog. Belkis Tomasini.-
HFG/Eddy.-
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