REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, dos de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: FD01-X-2009-000008
N° de Resolución: PJ02042009000025
Vista la inhibición propuesta por el Abogado Luís Jesús Hernández , en su condición de Juez Ejecutor de Medidas del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres, Raúl Leoni e independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 24 de marzo de 2009, donde se inhibe de seguir conociendo la causa N° FP02-C-2009-000288, relacionado a al Juicio de Desalojo , por cuanto declara estar en curso en la causal 18 del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que existe enemistad manifiesta con el ciudadano JORGE SAMBRANO MORALES, quien es Apoderado Judicial del ciudadano RUBEN ANTONIO HENECHE BUDAIN, en el Juicio que por DESALOJO le tiene incoado a la ciudadana ROSA ELENA RAMIREZ BERMAN signado con el N° FP02-V-2008-0001620 y en vista de que su imparcialidad pudiera verse afectada, es por lo que se inhibe de practicar la misma.
Ahora bien, señalado lo anterior, se observa que los hechos expuestos por el juez inhibido, encuadran en lo dispuesto en el articulo 82 numeral 18 del Código de Procedimiento Civil; el cual establece:
“…Por enemistad entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que, sanamente apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del Recusado”.
Siendo así; este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por autoridad de la ley de conformidad a la norma parcialmente transcrita, declara CON LUGAR la inhibición propuesta y así se decide.
Se ordena remitir mediante oficio la presente inhibición al tribunal de origen, a los fines de que sea agregado a los autos.
La Juez Temporal
Abg. Merlid Elizabeth Figueredo
La Secretaria
Abg. Loysi Mérida Amato
MEF/Orlando.-
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