San Felipe, 15 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO: UP11-J-2009-000007.

PARTE ACTORA: ROSA ELENA CORDERO, venezolana, mayores de edad y titular de la cédula de identidad números V-7.919.155, domiciliada en el Palmar, calle principal las velas, casa S/N, frente al taller de latonería Municipio Peña del Estado Yaracuy.

ABOGADA ASISTENTE: WUILEYDI SALAS, Defensora Publica Tercera, adscrita a la unidad de la Defensa Publica del Estado Yaracuy.

BENEFICIARIOS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE DE LA LOPNNA, de ocho (08) y cuatro (04) años de edad.

Motivo: COBRO DE BENEFICIO.

En fecha 26 de marzo de 2009, se recibió solicitud y demás recaudos anexos, relativos a la solicitud de COBRO DE BENEFICIOS, presentados por la ciudadana: ROSA ELENA CORDERO, venezolana, mayores de edad y titular de la cédula de identidad números V-7.919.155, domiciliada en el Palmar, calle principal las velas, casa S/N, frente al taller de latonería Municipio Peña del Estado Yaracuy , en su condición de representante de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE DE LA LOPNNA, quienes se encuentran asistidos por la abogada WUILEYDI SALAS, Defensora Pública Tercera adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy y con competencia en Materia del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente.
Al folio 23 del expediente, se recibió la solicitud, ordenándose dar entrada a la misma y anotar en los libros respectivos, quedando signada bajo el Asunto: UP11-J-2009-000007.
En fecha 24 de marzo de 2009, se admitió la presente causa, asimismo, se notificó a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Al folio 26 del expediente, riela boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y agregada a los autos en fecha 6 de abril de 2009.
Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen Procesal del Circuito judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana ROSA ELENA CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº: 7.919.155, para que proceda a cobrar la cuota parte que le corresponda a sus hijos, los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE DE LA LOPNNA y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE DE LA LOPNNA, nacidos en fechas 17 de enero de 2001 y 21 de enero de 2005 respectivamente, por ante el Instituto Autónomo de Cultura y Servicios Educacionales de Yaracuy, por concepto de Prestaciones Sociales, así como, de cualquier otro beneficio que pueda redundar a favor de los mencionados niños, en virtud del fallecimiento de su padre, el ciudadano Domingo Rafael Álvarez Marrufo, quien era titular de la cédula de identidad Nº 12.244.719.
Tráigase a los autos, CHEQUE a nombre de este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen Procesal del Circuito judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por la suma de dinero que le pueda corresponder al niño y a las adolescentes de autos, a los fines de aperturar una cuenta de ahorros en una entidad bancaria BANCO DE FOMENTO DE LOS ANDES, (BANFOANDES) de esta localidad.
Expídase por Secretaría copias certificadas de la presente autorización para que surta sus efectos legales.
La Juez,


Abg. Suhail Anayantzy Hernández Alvarado

La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde.
En esta misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado Y se publicó la decisión, siendo las 02:37 p.m.-
La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde.


ASUNTO: UP11-J-2009-000007